Cuidad de México.- Sorpresa total, la Cámara Alta de México derogó del Código Penal Federal el capítulo relativo al adulterio, según los legisladores esta ley no se aplica pero se mantenía en la ley. La Cámara de Diputados, envió esta modificación al Ejecutivo para su publicación. Hasta el momento, el adulterio era sinónimo de delito federal, cuya sanción fue de dos años de prisión.
Sin embargo la reacción de la oposición no se hicieron esperar y el senador del partido izquierdista de la Revolución Democrática, Pablo Gómez, manifestó que borrar ese delito "es una manera de repudiar un delito históricamente construido contra las mujeres". "Una construcción jurídica creada para mantener la propiedad de las mujeres de parte de los hombres" manifestó.
Según esta ley para que sea delito el adulterio debía cometerse en el domicilio conyugal o con escándalo, escrito así en el código penal, para Gómez señala que “va dirigido a las mujeres, contra las mujeres"
Por último dijo que el caso de las relaciones fuera del matrimonio o extramaritales por parte de los hombres quedo en una cuestión "de orgullo en su función de conquistadores"
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